En la situación actual, vemos como la iglesia, las órdenes religiosas y la administración pública están defendiendo los cuerpos de personajes históricos de todas las épocas, desde la más reciente a la más antigua. Por ejemplo, exhumaron e identificaron 14 monjes franciscanos de 1611 en Praga y también dedicaron grandes esfuerzos para intentar identificar los restos de Cervantes. Pero buscar e identificar, entre otros, a Inés Girón, tía de Isabel y Fernando (los Reyes Católicos) parece que no les interesaba. Por eso me sorprende el trato que la misma iglesia le está dando a los personajes que la hicieron rica. Parece que lo único que la mueve son motivos puramente económicos y de rentabilidad. Todo esto junto a la desaparición de las obras de arte y el archivo del Convento, implica un daño histórico, no combatido por ninguna autoridad eclesiástica ni civil, y que es irreparable para la historia de nuestra querida ciudad.

Todo comenzó con la publicación en mayo de 2.016 de una noticia que ponía de manifiesto que la Congregación de las Hermanas Clarisas Descalzas, que habitaban el mismo, anunciaba la venta del Convento debido a la falta de vocaciones y a la falta de recursos económicos lo cual les hacía imposible el mantenimiento del Convento y vivir de una forma digna.

Mi sorpresa ante tal asunto fue enorme, ya que mi familia es descendiente de la Venerable Doña Marina de Villaseca (fundadora de este convento, primer Convento de las Clarisas Descalzas, cuna de la regla primera de Santa Clara, observantes), y sabía perfectamente que el Convento se fundó con la finalidad de ser casa de perpetua oración y no para ser el resultado de un enriquecimiento de la Orden.

Por ello mi hijo, actual marqués de Villaseca, se puso en contacto por vía notarial con la Madre Abadesa el 3 de Junio de 2016 y le informó de que, según la documentación antigua, las Clarisas debían permanecer en el Convento y que, en caso de que lo desalojaran, debían restituir la posesión al Patrono. Todo esto con el fin de que el Convento pudiera seguir cumpliendo con la finalidad por la cual se fundó, bien con las propias monjas Clarisas o bien con otras monjas.

También y mediante otra acta notarial de 9 de junio de 2.016 puso en conocimiento de la Madre Abadesa la existencia de enterramientos de sus familiares en la Capilla Mayor del Convento.

El 19 de octubre de 2.016 tras tener conocimiento de que el Convento había sido desalojado de las monjas Clarisas y que se estaba negociando la venta del mismo para convertirse en un hotel de cuatro estrellas, requirió, mediante acta notarial a la Reverenda Madre Superiora, para recordarle de nuevo que su actuación estaba en clara contraposición con la voluntad de la fundadora y que, de continuar con la venta, se vería obligado a interponer demanda judicial.

Tras esta última carta remitida a la Reverenda Madre y tras constatar que no iban a dar marcha atrás en dicha venta, el 2 de diciembre de 2.016 interpuso demanda civil ante el Juzgado de Primera Instancia de Córdoba.

En enero de 2.017, llegó al conocimiento de mi hijo que se habían exhumado todos los enterramientos existentes en el Convento y se habían incinerado los restos en un tanatorio de Córdoba.

            Pese a que la Madre Abadesa (tanto por el escrito que le envió mi hijo como por el Archivo del Convento) debía saber perfectamente que allí se encontraban enterrados muchos familiares; pero nunca pidió consentimiento para tal barbaridad.  No llego a entender el despropósito de tales hechos, la falta de respeto a los difuntos,  la rapidez con la que ha sucedido todo y por qué no se nos ha dado  la posibilidad de dar digno traslado a los restos de personalidades tan notables para la Iglesia como el Obispo Francisco Pacheco o la propia Fundadora, la Venerable Sor Marina de Villaseca.

            Por  estos  hechos mi hijo presentó una denuncia ante el Juzgado de Guardia.

 

A  continuación hago una transcripción de todo el proceso:

1.- DECLARACIÓN DE LA ABADESA 19/09/17

·       

·         Reconoce que se incineran todos los restos existentes en las dos Criptas del Coro Bajo, en octubre de 2.016, y que allí sólo había restos de monjas.

·         Que en el Coro Bajo no podía enterrarse nadie de fuera del Convento y que si se hubiera enterrado a alguien de fuera, hubiese sido en la iglesia y ésta no la han tocado; y que en el caso de que hubiera enterramientos, estos serían  de antes de 1.700. Por tanto,  a ella no le consta  que en la iglesia se haya hecho algún desenterramiento.

·         Nunca se han enterrado a personas particulares en el Convento; de haber  alguno,  es en la iglesia.

·         Que en tiempos de Napoleón, el convento fue expoliado. Pero ignora si las Criptas fueron vaciadas. Y que durante la Guerra Civil también sufrió el convento bombardeos.

·         Cuando se le muestran las pruebas que acreditan que de las dos criptas, una se construyó para las monjas y otra para ser destinada al enterramiento de la familia de los Aguilarejo, ella contesta  que no tiene conocimiento. Que desde siempre todas las hermanas saben, por tradición oral, que allí solo había restos de monjas.

·         Cuando se le comenta que en el Archivo del Convento deben tener pruebas de que en el Coro bajo había enterradas personas que no eran monjas, la Abadesa dice que los archivos del convento quedaron muy mermados por la invasión francesa y la guerra civil.

·         Reconoce también que en el supuesto de que hubiera enterrados familiares de mi hijo, habría sido imposible identificarlos.

 

2.-  ARCHIVO DE DILIGENCIAS AUTO Nº 424 (17 de noviembre de 2.017)   

·        No hay un ánimo de ultraje, es decir, realización de actos de contenido injurioso; y tampoco se puede apreciar profanación, que conlleva una deshonra o menosprecio realizado directamente sobre el cadáver o sus cenizas.

·         En todo caso, hay que atender a las declaraciones de la Abadesa referentes a la invasión napoleónica, Guerra Civil y traslado de la monjas Clarisas de Lucena ,(cierre del Monasterio de Santa Clara de Lucena en 1.970, además de trasladarse al Convento de Santa Isabel, se trajeron consigo los restos de las hermanas enterradas en dicho).

·         En el caso de que los hechos fueran punibles, ya estarían prescritos.

·         No hay constancia escrita del último enterramiento en cripta de antepasados de mi hijo (Marqués de Villaseca).

·         Por todo lo anterior, se decreta el archivo de la diligencias.

 

3.- RECURSO DE REFORMA (28 de noviembre de 2.017)        

·         Pone de manifiesto que sólo se hace caso a la declaración de la Abadesa.

·         No se tienen en cuenta las pruebas aportadas:

o   Numerosos testamentos de antepasados de mi hijo, en los que se ordena sean enterrados en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles, ostentando derecho de enterramiento en el mismo.

o   Tésis de la investigadora doña Purificación Espejo Calatrava “Estudio Histórico Artístico del Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba” de 1.985, en el que consta literalmente “A la  entrada  de  las  capillas  y  en el suelo hoy  de  losetas blancas y negras y antaño de losas de piedra, vemos dos lápidas de mármol blanco, con argollas doradas en los vértices, sin inscripción, y con una cruz como única decoración, que sirvieron de enterramiento a caballeros de linaje de Córdoba, que intervinieron como patronos del convento o como protectores; tal es el caso de los condes de Priego y los señores de Aguilarejo”

o   Testamento de Diego de Cárcamo de 1.576, donde se hace una descripción de la Cripta de su enterramiento con una clara distinción de dónde se enterraba su familia y dónde las monjas (págs. 3 y 4): mando que mi cuerpo sea sepultado en el Monesterio de Santa Ysabel de los Angeles en una sepultura que allí me fuere señalada por la madre // abadesa del dicho Monesterio con que sea la sepultura donde estan los cuerpos del dicho don Fernando de Carcamo mi señor por que ni vi e mostados que abierta de mi hazienda se haga sepultura hueca dentro del coro del dicho Monesterio por la orden y forma y de la manera que a mis albaceas pareciere en el quel entierro quyero que se pase el cuerpo del dicho don Fernando mi señor e de mis aguelos que allí enterrados y el mio el qual dicho entierro hueco que anse hiziere sea grande para que en el se hagan dos apartamientos el uno para las señoras monjas del dicho Monesterio y el otro para mi e para los dichos mis padres e aguelos e para los subcesores en mi mayoradgo sin licencia de los quales no se pueda enterrar otra persona en el dicho entierro no enbargue que sea de mi linaje y al tiempo de mi fallecimiento me vistan el abito del bienaventurado Sant Francisco porque es  mi voluntad de  morir en el  por ganar sus santos  perdones e yndulgencias.”

o   Obra de Teodomiro Ramírez  de Arellano, en “Paseos por Córdoba”  (1873-1877) Ed. de la Red Municipal de Bibliotecas de Córdoba, 2017, en las páginas 201-202: En  esta  iglesia  tienen  enterramiento,  además  de  los  Marqueses  de Villaseca, como ya hemos anotado, los del Carpio, en cuyo hueco yace la Señora D.ª Inés Giron, mujer de D. Francisco Enriquez y Dama de Isabel la Católica: los Marqueses de Almunia, por lo que se enterró allí el Obispo de Córdoba D. Francisco Pacheco, que pertenecia a esta familia, y los Marqueses de Guadalcázar, en representación de los Cárcamos, Señores de Aguilarejo; este enterramiento ofrece la particularidad de estar en el coro bajo, o sea dentro de la clausura, la que era preciso quebrantar cada vez que debía sepultarse algún cadáver de aquella familia”.

o   En el informe técnico de octubre de 2.016, que forma parte del expediente para la Declaración BIC del convento, consta lo siguiente “Bajo el coro bajo se halla el enterramiento de la familia de los Villaseca”

·         Las exhumaciones se han hecho sin identificar los restos, ni diferenciarlos en su incineración y en la segunda cripta había algunas maderas de cajas funerarias muy deshechas que evidentemente no podían pertenecer a monjas.

·         Durante los saqueos de la Guerra Napoleónica y bombardeos de la Guerra Civil, la Abadesa reconoce no saber si se vieron afectados los enterramientos. De hecho, tanto en el informe previo de un arquitecto como en el informe BIC, no se recoge daño alguno en las Criptas.

·         No se practican las diligencias de prueba propuestas:

o   No se contesta debidamente el oficio remitido al ayuntamiento, para que informe del procedimiento establecido para la apertura de enterramientos y exhumación de restos pertenecientes al período comprendido entre el siglo XV y siglo XVIII.

o   No se practica oficio sobre el mismo extremo anterior, dirigido a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía.

o   Tampoco se libran oficios para el Jefe de Arqueología del Ayuntamiento de Córdoba y la persona responsable de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía para ser preguntados sobre la posibilidad de identificar debidamente los restos, y del procedimiento para la extracción de cuerpos de yacimientos arqueológicos.

o   No se practican varias testificales.

·         El delito sería la exhumación y no el enterramiento, por lo que no existe prescripción, ya que la fecha a tener en cuenta sería la de la exhumación de octubre de 2.016.

 

4.- DESESTIMACIÓN DEL RECURSO DE REFORMA (22 de enero de 2.018)

·         Afirman que no se está ante un delito contra el patrimonio histórico, ya que debería haberse producido alguna de las conductas siguientes:

o   Derribar o alterar edificios singularmente protegidos.

o   Causar daños en archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga o en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, así como en yacimientos arqueológicos.

·         Que no se aprecia delito contra los restos de las personas enterradas, ya que habría sido necesario para ello:

o   Conocimiento de que el objeto de profanación es un cadáver o sus restos; y

o   Conocimiento de que con dicho acto se falta el debido respeto a la memoria de los muertos

·         Que al tratarse de restos de tanta antigüedad no es necesario ninguna autorización o licencia especial, y por lo tanto, el procedimiento seguido para la exhumación y posterior cremación de los mismos se ha realizado según el procedimiento habitual para estos casos.

·         Que entre los restos encontrados en las criptas no había ni arcas ni siquiera vestigios de ropa o tela.

·         Que no existe indefensión por no practicar todas las pruebas o diligencias, ya que esto lo decide el Juzgado, según lo estima oportuno para el proceso.

·         Que todos los testamentos aportados anteriores a la Ley de Notariado de 1862 no hacen prueba de su contenido, tratándose de simples documentos históricos, los cuales no tienen valor como documentos auténticos fuera del histórico.

 

5.- RECURSO DE APELACIÓN (5 de febrero de 2.018)

·         Que no se explica por qué no se considera daño a bienes de valor histórico o yacimiento arqueológico el hecho acreditado de la extracción de cuerpos y cajas sin identificar ni antes ni después de su incineración.

·         Que todos los que intervinieron sabían que iban a exhumar cadáveres, luego tenían conocimiento.

·         Que el mero hecho de extraer cadáveres sin identificarlos, separadamente del lugar donde tenían derecho a permanecer enterrados, incinerarlos todos juntos y trasladarlos de su emplazamiento originario, sin el conocimiento siquiera de sus familiares, nos parece suficiente falta de respeto a su memoria.

·         Si todos los restos exhumados eran irreconocibles, ¿por qué se asegura que sólo pertenecían a monjas?

·         Se dice que el lugar en el que estaban los enterramientos (Criptas del Coro Bajo) era destinado exclusivamente al enterramiento de las monjas. Pero no se aporta ninguna prueba arqueológica ni histórica que demuestre este hecho.

·         No se entiende dejar sin efecto alguno toda la prueba documental aportada, la cual demuestra que entre los restos podía haber algún pariente de mi familia.

·         Respecto a la no práctica de las diligencias interesadas, cabe esperar que, aunque no se practiquen todas, si existe el derecho a que se haga alguna investigación,  y no sólo admitir la declaración de la Abadesa sin cuestionar en ningún momento su veracidad.

 

6.- DESESTIMACIÓN RECURSO DE APELACIÓN (26 de enero e 2.018)

·         No se aprecia delito, ya que para que esto suceda es necesario que todo el proceso se haga con un móvil profanador, con tendencia al menosprecio a la memoria de los muertos, y esto no se acredita suficientemente con el mero traslado o remoción de cadáveres y restos humanos.

·         Además la Abadesa no tenía cabal conocimiento de la identidad de los fallecidos y enterrados en las Criptas, sólo sabía que eran monjas.

·         El resto de pruebas referentes a documentos históricos sobre enterramientos en el Convento, con sus avatares y  expolios no son suficientes para apreciar el dolo necesario para la comisión del delito.

 

Reflexión Final

Sobre el archivo final de este caso, aun cuando lo respetamos profundamente, nos ha dejado muchísimas dudas.

Nos sorprende, cuando menos, que si la Congregación sabía que sólo eran monjas, que se llame a un arquitecto (inexperto en identificación de restos humanos o históricos) para que acreditara dicha cuestión. Algo de duda tendría.

La Abadesa tiene a su disposición un Archivo en el Convento que permitiría aclarar muchas cosas, aunque, como es lógico, no se ha podido tener acceso por nuestra familia. Sólo con su consulta se habría podido saber quién estaba enterrado allí. Ahora bien, como el archivo ha sido trasladado sin ningún control a Badajoz, puede ser que en el traslado se hayan perdido documentos.

Es fácil, simplemente con preguntar a cualquier historiador de Córdoba, enumerar las distintas familias enterradas en los distintos conventos, pero es más fácil obviar estos asuntos para no tener que actuar conforme al decoro que se les espera a los miembros de la iglesia en la custodia de las personas enterradas en sus distintos templos y conventos.

Desde un punto de vista histórico no sé cómo le sentará a la Diócesis de Málaga conocer que, tras la exhumación realizada en el Convento, no se sabe dónde se encuentra el Obispo Francisco Pacheco de Córdoba o si lo han quemado “porque era una monja”. El rey Felipe II lo presentó en 1587 como obispo de Córdoba, donde se fue el 23 de abril, y  falleció el día 2 de Octubre de 1590, siendo enterrado en el Convento de Santa Isabel. O la desaparición de los restos del fundador de las caballerizas Reales D. Diego López de Haro y Sotomayor, la aya de Felipe II, Inés Giron (tía de Fernando el Católico), o la propia Sor Marina de Villaseca, restauradora de la primera Orden de Santa Clara y que consiguió recuperar los patronatos femeninos, con los consiguientes enfrentamientos con los observantes de Córdoba. Todas y todos ellos parece ser que no son personas relevantes en la historia de Córdoba. Esta pérdida, como ejemplo entre muchas otras, ya es irreparable.

Me sorprende así mismo, que no sea un ilícito penal contra el Patrimonio, ya que hay suficientes pruebas históricas que demuestran el enterramiento de innumerables personajes históricos y que no tenga mayor importancia, cuando en el caso de Cervantes se dedicó un gran esfuerzo en identificar sus restos (que se sabían estaban en el Convento de los Trinitarias Descalzas de Madrid), aún cuando al final no se pudieron identificar claramente; O todos los esfuerzos materiales y económicos dedicados a los Cementerios musulmanes descubiertos en Córdoba, aún cuando no se podían identificar los restos humanos, pero que sí se extrajeron y se documentaron.

La Abadesa estaba avisada por el Delegado de Cultura un mes antes, y un mes después encargó la incineración de los cuerpos. Si no los hubiera incinerado ¿qué le habría pasado a la empresa que compra el Convento? Que se encuentra un expediente BIC en el que ya no puede tocar los cuerpos. Todo apunta a que todo se hizo, incluido el sacar todas las obras de arte, teniendo ya conocimiento por parte del Convento por el Delegado de Cultura de Córdoba que se iba a incoar un expediente BIC, circunstancia que habría complicado mucho la venta del convento para un hotel. En caso de que hubieran estado tanto los enterramientos como las obras de arte e históricas, creemos que difícilmente se hubiera permitido hacer un hotel.

Ha resultado que todas las pruebas presentadas, muchas más de las que se presentan en otros casos, que demuestran el enterramiento de numerosas personas ilustres, no han sido suficientes por considerarse como meros documentos históricos, a los que, por el sólo transcurso del tiempo, se les priva de validez y eficacia probatoria,  debido a unos supuestos avatares y expolios que en todo el tiempo transcurrido han podido influir (mera especulación ya que no se aporta una sola prueba que demuestre este extremo).

De todas las pruebas solicitadas, la única que se ha practicado en las diligencias, decía en 1986, que las criptas correspondían a  enterramientos de los caballeros de linaje de Córdoba, como es el caso de los condes de Priego y los señores de Aguilarejo, recogida en la tesis de Purificación Espejo Calatrava, no habiéndose realizado ningún otro tipo de prueba, porque no se ha considerado oportuno.

El argumento de que “no se ha realizado con un móvil profanador con tendencia al menosprecio”,  creemos que no es aplicable a este caso: sí se ha faltado al respeto, ya que conociendo (ya que tienen un archivo que lo demuestra) que allí había más que monjas, y teniendo un móvil crematista, les llevó a profanar los restos sin identificar (con mucha prisa), creemos que al objeto de poder vender el inmueble. Se podía haber dado un traslado digno de estas personas a otra sepultura.

Se ha dado por supuesta en todo momento la veracidad de todas las declaraciones realizadas por la Abadesa, sin cuestionar nada, y sin necesidad de prueba alguna por su parte. Sorprendente se mire por donde se mire, ya que actualmente ni la Iglesia ni sus miembros son autoridad pública.

También me sorprende que según el Vaticano, las cenizas de los difuntos no se pueden esparcir, dividir o estar en casa.

        Desde el punto de vista cristiano, y siguiendo la doctrina del Vaticano sobre incineraciones, el haber hecho una cremación sin identificar los restos, y sin separar unos de otros, está en contra de las instrucciones de la Santa Sede.

        “Mantener las cenizas unidas puede ayudar a reducir el riesgo de sustraer a los difuntos de la oración y el recuerdo de los familiares y de la comunidad cristiana, dice la instrucción”

        “Así además se evita la posibilidad de olvido, falta de respeto y malos tratos que pueden sobrevenir sobre todos, pasada la primera generación, así como prácticas supersticiosas”.

En este caso, no se ha cumplido ni lo que la propia Iglesia manda sobre las personas enterradas en sus templos, cayendo en los malos tratos, en los que se habla en la instrucción.

Aunque volvemos a decir que respetamos la sentencia dictada en el procedimiento no la creemos en absoluto acertada. Creemos que esta sentencia abre una puerta que podrá permitir, por la vía de alegación en procedimientos similares, que restos de personajes históricos de toda España desaparezcan sin identificación sin más. No es necesario recordar la tan larga, profusa y preciosa historia de España para saber que en este sentido es uno de los países más ricos de Europa y que la puerta abierta va a permitir que se vuelvan a realizar exhumaciones de forma totalmente gratuita perdiéndose un legado histórico imposible de recuperar después.

Todos tenemos la obligación de proteger nuestro patrimonio histórico, desde los propios familiares interesados, pasando por la Judicatura, las Instituciones Públicas como Ayuntamientos, Diputaciones y las propias Comunidades Autónomas, y llegando en este caso hasta la Iglesia. No debemos olvidar la estrechísima relación que ha habido siempre entre la Iglesia Católica y la Historia. La Iglesia es Historia y la Historia es Iglesia. Y es este caso concentro, y en el centro de las dos, nuestra querida Córdoba.

Tras consultar diversos archivos históricos, he podido localizar una lista de diversos personajes históricos que fueron enterrados en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba, y que debido a su gran importancia en la historia de Córdoba y de España, me he permitido recoger en la siguiente lista con una breve reseña descriptiva, para que siempre sean recordados mas no olvidados, ya que actualmente han sido incinerados conjuntamente y sin identificar por la monjas de dicho Convento, como acto previo y necesario para poder proceder a la venta del Convento y su posterior reconversión en un Hotel de cuatro estrellas.

Mi familia ha intentado que esto no suceda, pero los tribunales no nos han dado la razón, alegando que las pruebas históricas que hemos aportado de la existencia de dichos enterramientos en el Convento, no son suficientes, ya que en cualquier caso se trataría de un tema civil y nunca de carácter penal.

 

CASA VILLASECA (En la Capilla Mayor)

Venerable Dª MARINA DE VILLASECA, Fundadora del Convento.

Dª MARINA DE VILLASECA Y GUZMÁN, 3ª Sra. de Villaseca, sobrina de la Fundadora descendiente de los conquistadores de Baeza y Córdoba. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

D. BERNARDINO FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA Y FIGUEROA, marido de la anterior. Fue 3º Sr. de Fuencubierta, 24 de Córdoba, descendiente directo de Nuño Fernández Sr. de Témez y Chantada, Conquistador de Córdoba y Sevilla. Enterrado en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

D. GOMEZ SUAREZ DE FIGUEROA Y CÓRDOBA, 4º Sr. de Villaseca, hijo de los anteriores. Fue 4º Sr. de Fuencubierta, Veinticuatro de Granada. Obtuvo la jurisdicción civil y criminal de Villaseca por merced de la Princesa Dª Juana de Portugal en nombre de su hermano D. Felipe II. Se mandó enterrar en la Capilla Mayor de Santa Isabel de los Ángeles al lado de sus padres, como de Patronato suyo por la Casa de Villaseca. 

Dª LUCRECIA MESSÍA DE ALARCÓN, 2ª mujer del anterior. Fue hija del Sr. de Villanueva y la Higueruela, Comendador de la Orden de Santiago y Gobernador del Campo de Montiel, 24 de aquella ciudad. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

D. LUIS GÓMEZ DE FIGUEROA Y CÓRDOBA, 5º Sr. de Villaseca, hijo de los anteriores. También Sr. de Fuencubierta, Veinticuatro de Córdoba, Caballero de la Orden de Santiago. El Convento de Santa Isabel de los Angeles ratificó en su favor y de sus descendientes y sucesores perpetuamente el Patronato del Convento y su Capilla Mayor. D. Luis se mandó enterrar en Santa Isabel con sus padres y abuelos.

Dª MARÍA DE GUZMÁN Y ARGOTE, mujer del anterior. Hija de D. Diego Fernández de Argote "El Viejo", 24 de Córdoba, Gobernador y Capitán General del Reino de Murcia y Adelantado Mayor de su Frontera. Se mandó enterrar con su marido en la Capilla Mayor de Santa Isabel.

D. GOME SUÁREZ DE FIGUEROA Y VILLASECA, 6º Sr. de Villaseca. También Sr. de Fuencubierta, 24 de Córdoba, Gentilhombre de Boca del Rey, Caballero y Visitador General de la Orden de Calatrava. Mató en duelo a D. Rodrigo Fernández de Córdoba y Figueroa, hijo del Sr. de Torres Cabrera, por cuya muerte el Consejo de Ordenes le condenó a 8.000 Ducados de multa y 8 años de destierro de todo el Reino (los primeros 4 en Orán con su persona y dos lanzas a su costa) y a otros 8 años de destierro de Córdoba y su jurisdicción además de otras graves penas. Después, de acuerdo con las costumbres de la época y por concordia con la viuda y otros parientes del difunto, contrajo matrimonio con la hija de D. Rodrigo. En su testamento declaró sus tres matrimonios y se mandó enterrar con sus mayores en su Panteón del Convento de Santa Isabel de los Ángeles.

Dª MARINA DE FIGUEROA, 2ª esposa del anterior. En su testamento se manda enterrar en la Capilla Mayor del convento de Santa Isabel de los Ángeles.

D. LUIS GÓMEZ BERNARDO FDEZ DE CÓRDOBA FIGUEROA Y VILLASECA, 7º Sr. de Villaseca También fue Sr. de Fuencubierta, 24 de Córdoba y Caballero de Calatrava. En su testamento se mandó enterrar en la Capilla Mayor de su Convento de Santa Isabel de los Ángeles.

Dª ISABEL FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA Y GUZMÁN, su mujer y prima. Hija del 7º Sr. de Belmonte y Moratalla. Alférez Mayor y 24 de Córdoba, Caballero de Santiago. En su testamento se mandó enterrar en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles.

D. GOMEZ LUIS FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA FIGUEROA Y VILLASECA, 8º Sr. y 1º Marqués de Villaseca. También fue Sr. de Fuencubierta y Caballero de Alcántara. Recibió el título de Marqués de Villaseca en atención a los servicios de sus antepasados, y los suyos propios con ocasión del desembarco anglo-holandés en las costas de Andalucía en 1702 durante la guerra de Sucesión. En su testamento (por poder) se manda enterrar en la Capilla Mayor de Santa Isabel de los Ángeles.

Dª CONCEPCIÓN FERNÁNDEZ DE ARGOTE Y FIGUEROA, su mujer. Sra. de Villarrubia e hija del 16º Sr. de Cabriñana, Caballero de Santiago. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

 

SEÑORES DE ARMUÑA (Enterrados en el Altar del lado de la Epístola en el coro bajo)

Dª INÉS GIRÓN, prima de D Catalina Pacheco. Dama de Isabel la Católica, hija de D. Pedro Girón, Maestre de Calatrava, 1º Sr. de Ureña, que era hermano de D. Juan Pacheco (padre de Dª Catalina). Era viuda de D. Francisco Enriquez de Quiñones, hermano de la Reina Dª Juana y por ello tío del Rey Católico. Se retiró al Monasterio de Santa Isabel de los Ángeles donde testó y mandó ser enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

Dª CATALINA PACHECO, hija de Juan Pacheco, 1º Marques de Villena, Rico-Hombre de Castilla, valido de Enrique IV y estuvo casada con D. Alonso de Córdoba "El Grande", 6º Sr. de Aguilar, Rico-Hombre de Castilla que murió en 1501 sofocando la rebelión mozárabe en Sierra Bermeja. D. Alfonso era hermano de "El Gran Capitán". Mandó que la sepultaran en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles donde mandó hacer un altar con retablo, un sepulcro delante del altar y una reja a manera de capilla.

D. FRANCISCO PACHECO DE CÓRDOBA, su hijo, 2º Sr. de Armuña, Caballero de Santiago, 24 de Córdoba, Alcaide de Hornachuelos y Castro el Viejo. En su testamento fundó dos capellanías en del Monasterio de Santa Isabel de los Ángeles y se mandó enterrar en el Coro del Monasterio donde yacía su madre.

Dª MARÍA FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA, esposa del anterior, hija del 3º Conde de Cabra, Grande de Castilla, Gobernador de la Monarquía. Una vez viuda fue elegida por Carlos V como Guarda-Mayor de las Damas de Palacio y fue Aya del Príncipe Felipe (Felipe II). Enterrada en Santa Isabel según consta en el testamento de su hijo D. Alfonso.

D. ALFONSO FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA, 3º Sr. de Armuña, Caballero de Santiago, 24 de Córdoba, Embajador de Carlos V en Inglaterra, Alcaide de Hornachuelos y que sirvió en las guerras de Flandes. Sin hijos. Se mandó enterrar en el Coro del Monasterio de Santa Isabel de los Ángeles, en su panteón, donde yacían sus padres.

D. FRANCISCO PACHECO, hermano del anterior, Obispo de Málaga y de Córdoba, del Consejo de Su Majestad, uno de los Prelados más esclarecidos de su época. Fue enterrado en Santa Isabel de los Ángeles al lado de sus padres dejando fundadas dos capellanías en él. Murió de una virulenta afección.

Dª FRANCISCA DE ZUÑIGA, hermana del anterior. Monja profesa en Santa Isabel de los Ángeles. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

Dª ELVIRA DE JESÚS, hermana del anterior Monja profesa en Santa Isabel de los Ángeles. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

D. DIEGO FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA 4º Sr. de Armuña, Caballero de Calatrava 24 de Córdoba, Comendador Mayor de Castilla, Caballerizo Mayor de Felipe II y Felipe III. Acompañó a Felipe II en su viaje a Inglaterra para casarse con María Tudor, participó en la Batalla de San Quintín y en la campaña de Portugal. Mandó que trasladaran su cadáver al entierro de su familia en el Coro del Convento de Santa Isabel de los Ángeles.

 

HARO (CASA DEL CARPIO)

D. DIEGO DE HARO SOTOMAYOR, Descendiente de los Señores e Vizcaya y de los Marqueses del Carpio, Sr. De Sorbas y Lubrin, Comendador de Belmez de la Orden de Calatrava, Gentilhombre de la Casa Real, Caballerizo Mayor y fundador de Las Reales Caballerizas de Córdoba. Estuvo casado con Dª María de Guzmán y Manuel. Recibió sepultura en el enterramiento de sus antepasados en el Monasterio de Santa Isabel de los Ángeles.

Dª ALDONZA DE HARO, su hermana. Estuvo casada con el 11º Sr. de Aguilarejo y se mandó enterrar junto a su marido y a su hijo D. Diego en la sepultura de los Sres. de Aguilarejo de Santa Isabel de los Ángeles.

Dª GREGORIA, Dª BEATRIZ, Dª ISABEL, Dª ANTONIA, Dª FRANCISCA, Dª MARIA DE SAN LUIS, Dª MAGDALENA DE JESÚS y Dª JUANA DE LOS REYES, todas ellas hermanas de la anterior. Monjas profesas en Santa Isabel de los Ángeles. Enterradas  en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

D. JUAN DE HARO, hijo de doña Aldonza de Haro, Caballero de Santiago. Caballerizo Mayor de Las Reales Caballerizas de Córdoba. Mandó ser enterrado en la sepultura familiar del monasterio de Santa Isabel de los Ángeles.

Dª ANTONIA, Dª GREGORIA y Dª MARÍA, hermanas del anterior. Monjas profesas en Santa Isabel de los Ángeles. Enterradas en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

 

CASA DE LOS AGUILAREJO

D. ALONSO IÑÍGUEZ DE CÁRCAMO, 9º Sr. de Aguilarejo. Hijo de Fernán de Cárcamo, 8º Sr. De Aguilarejo y 24 de Córdoba que hizo grandes servicios a Enrique IV y a los Reyes Católicos. Estuvo casado con Dª Aldonza de Angulo 1ª Señora de Alizné. Se mandó enterrar en el Monasterio de Santa Isabel de Los Ángeles de Córdoba.

D. FERNANDO DE CÁRCAMO, nieto del anterior, 11º Sr. de Aguilarejo. Fue uno de los Capitanes más valientes y famosos de su tiempo. En 1558 participó como Maestre de Campo en la jornada de Argel. Casó con Dª Aldonza de Haro de quien tuvo dos hijos: D. Diego que murió joven y D Alonso, 12º Sr. De Aguilarejo, que sirvió a Felipe II a su costa en las galeras de España. Pasó a Italia con D. Juan de Austria y se halló en la batalla de Lepanto y en Túnez. Sirvió en empleos políticos por más de 20 años y fue dos veces Corregidor de Toledo. Se enterró en Santa Isabel de los Ángeles, según consta en el testamento de su mujer.

Dª ALDONZA DE HARO esposa del 11º Sr. de Aguilarejo. Fue hija de D. Diego López de Haro y Sotomayor, Comendador de Belmez y de Dª Antonia Guzmán, Sra. de La Higuera. Se mandó enterrar en el Monasterio de Santa Isabel de Los Angeles de Córdoba con su marido e hijo (D. Diego).

D. DIEGO DE CÁRCAMO, hijo de los anteriores. Falleció joven y dejó heredera a su madre Dª Aldonza de Haro. Se mandó enterrar en el Monasterio de Santa Isabel de Los Ángeles de Córdoba.

Dª LUISA FERNÁNDEZ DE MESA Y SOUSA, hija de Dª Ana María de Sousa y Cárcamo y sobrina del 16º Sr. De Aguilarejo. Monja en Santa Isabel de los Ángeles. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

Dª LEONOR FERNÁNDEZ DE MESA Y SOUSA, hija de Dª Ana María de Sousa y Cárcamo y sobrina del 16º Sr. De Aguilarejo. Monja en Santa Isabel de los Ángeles. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

 

SEÑORES DE BELMONTE (en el Coro, en sepultura terriza a la mano derecha junto a la de D. Francisco Pacheco)

D. FERNANDO ALFONSO DE CÓRDOBA, 3º Sr. de Belmonte. Llamado así en memoria de su abuelo el famoso D. Fernando Alfonso Fernández de Córdoba "el Veinticuatro" que mató a los Comendadores. Fue Señor de Belmonte, Herrera de los Palacios, Añora del Cojo, Mezquitiel, y otros. Paje de la Reina Dª Juana "La Loca", Veinticuatro de Córdoba, Alcaide de Montoro, Patrono del Colegio de las Ciencias, etc. Estuvo casado con Dª Inés de Guzmán y Herrera, hija del Sr. De Pradenilla, prima-hermana del "Gran Capitán" y de la 1ª Duquesa de Frías, hermana de D. Fernando de Herrera, Obispo de Gaeta. Enterrado en Santa Isabel según Licencia y Testamento de su hijo.

Dª CATALINA FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA (ENRÍQUEZ), hija del 3º Sr. De Belmonte. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

D. ANTONIO FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA, 4º Sr. de Belmonte. Se llamó así en memoria de su abuelo D. Antonio Fernández de Córdoba "El Capitán", 24 de Córdoba, Alcaide de Montoro, Capitán de los hombres de armas de los Reyes Católicos. Fue Señor de Belmonte, Herrera de los Palacios, Añora del Cojo, Mezquitiel, y otros. En testamento mandó que le sepultaran en su entierro del Monasterio de Santa Isabel de los Ángeles donde estaba su padre.

Dª MARÍA FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA Y FIGUEROA, su mujer. Hija del 4º Sr. De Villaseca, Patrono del Convento de Santa Isabel de los Ángeles. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

D. ANTONIO FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA Y FIGUEROA, hijo del 4º Sr. De Belmonte. Enterrado en Santa Isabel según Licencia.

D. PEDRO FERNÁNDEZ DE CÓRDOBA, hijo del 4º Sr. Belmonte. Enterrado en Santa Isabel según Licencia.

Dª JUANA CARRILLO, hija del 4º Sr. De Belmonte. Monja en Santa Isabel de los Ángeles. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

Dª LUISA MARÍA VENEGAS DE CÓRDOBA, nieta del 4º Sr. De Belmonte. Monja en Santa Isabel de los Ángeles. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.

Dª JUANA CARRILLO VENEGAS nieta del 4º Sr. De Belmonte. Monja en Santa Isabel de los Ángeles. Enterrada en el Convento de Santa Isabel de los Ángeles de Córdoba.